El gobierno de Brasil, a través de su autoridad investigadora de defensa comercial (DECOM), concluyó que no existen elementos suficientes para aplicar derechos antidumping provisorios sobre las importaciones de leche en polvo provenientes de Argentina y Uruguay, según se establece en la Circular 62 del 11 de agosto de 2025, publicada en el diario oficial del país norteño.

Esta decisión se basa principalmente en la falta de datos completos sobre la industria doméstica de leche en polvo en Brasil, necesarios para determinar si las importaciones causaron daño a los productores nacionales.

El conflicto comenzó con la presentación de una petición por parte de la Confederação da Agricultura e Pecuária do Brasil (CNA), que representaba a los productores de leche cruda, solicitando la apertura de una investigación antidumping sobre el leche en polvo importado. Sin embargo, el gobierno uruguayo y otras asociaciones brasileñas cuestionaron la representatividad de la CNA, argumentando que la industria doméstica del producto investigado es la de los fabricantes de leche en polvo y no la de los productores de leche cruda.

Según la legislación brasileña y el Acuerdo Antidumping de la OMC (ADA), para que una investigación sea válida, la petición debe contar con el apoyo de la industria que produce el mismo producto investigado, en este caso, la leche en polvo. La CNA representa principalmente a productores de leche fluida o “leite in natura”, que no tienen el mismo proceso de producción ni los mismos mercados que la leche en polvo industrializada. Por lo tanto, se señaló que la petición inicial podría distorsionar el análisis del daño causado por las importaciones.

El DECOM revisó la definición del producto similar doméstico y determinó que el objeto de la investigación es la leche en polvo fabricada en Brasil y no la leche cruda. Esta corrección fue clave, ya que permitió identificar que sí existen productores nacionales de leche en polvo, muchos de ellos asociados en entidades como Viva Lácteos, que agrupa aproximadamente el 70% de la producción de leche en polvo y derivados en Brasil. La autoridad brasileña concluyó que, ante la falta de información suficiente de estos productores, no era posible evaluar correctamente si las importaciones de leche en polvo desde Argentina y Uruguay afectaron los precios internos o generaron daño económico a la industria.

En consecuencia, el DECOM recomendó continuar con la investigación, pero sin aplicar derechos antidumping provisorios. Esto significa que las importaciones de leche en polvo de Argentina y Uruguay no enfrentarán restricciones inmediatas, mientras se recaba información adicional de los productores industriales brasileños para completar el análisis del daño y determinar, en una etapa posterior, si corresponde la adopción de medidas definitivas.

El cronograma legalmente previsto para la investigación, conforme al Decreto nº 8.058/2013 y expuesto en el documento, incluye las siguientes fechas orientativas: cierre de la fase probatoria el 19 de agosto de 2025; fin de la fase de manifestaciones sobre autos el 8 de septiembre de 2025; divulgación de la nota técnica con hechos esenciales el 30 de septiembre de 2025; término para manifestaciones finales y cierre de instrucción el 20 de octubre de 2025; y expedición del parecer de determinación final el 10 de noviembre de 2025.

 

Suscribete a nuestro Newsletter

Destacado semanal

Tardáguila Agromercados - Powered By InfinitWorks.