El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), a través del Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG), recuerda que la Declaración Jurada Anual de Existencias de Ganado y Frutos del País correspondiente al ejercicio 2024-2025 deberá presentarse durante el mes de julio, respetando el calendario establecido según el último dígito del número de DICOSE. El trámite podrá realizarse en formato papel o electrónico, y se exhorta a todos los productores a cumplir estrictamente con los plazos fijados, a fin de evitar saturaciones del sistema y asegurar la correcta actualización de los datos.
Según lo dispuesto, quienes presenten su Declaración en formato papel o digital, deberán ceñirse al siguiente cronograma: si el número de DICOSE finaliza en 1, 2 o 3, la declaración deberá presentarse entre el 1° y el 3 de julio. Para aquellos cuyos números culminen en 4, 5 o 6, el plazo irá del 4 al 8 de julio, y para quienes posean DICOSE terminado en 7, 8 o 9, el período habilitado será entre el 9 y el 11 de julio. Cabe destacar que este calendario es excluyente para la presentación en formato papel, ya que dicho medio estará habilitado únicamente hasta el 11 de julio, inclusive.
Por su parte, aquellos productores que opten por realizar la declaración en formato electrónico utilizando su usuario y contraseña personal podrán hacerlo durante todo el mes de julio. Sin embargo, se recomienda ajustarse al calendario extendido previsto para evitar posibles demoras o fallas en el sistema. En este caso, los DICOSE terminados en 1, 2 o 3 deberán presentar su declaración entre el 12 y el 18 de julio; los que finalicen en 4, 5 o 6 lo harán entre el 19 y el 24 de julio; y aquellos con terminación en 7, 8 o 9 tendrán plazo entre el 25 y el 31 de julio.
El acceso al sistema electrónico requiere contar con una clave personal. Para obtenerla, el usuario deberá presentar el Formulario de solicitud de contraseña junto con fotocopia de la cédula de identidad. Esta gestión puede realizarse en las oficinas del SNIG en Montevideo, ubicadas en Constituyente 1476, de lunes a viernes entre las 09:30 y las 15:30 horas, o en cualquiera de las sedes del Ministerio de Ganadería en el interior del país. También se pueden realizar consultas a través del correo electrónico
Se recuerda que están obligados a presentar la declaración únicamente en formato electrónico aquellos establecimientos cuyo número de DICOSE se encuentra interdicto por Sanidad Animal, así como también los giros comerciales o de intermediación, incluyendo rematadores, consignatarios, fideicomisos, chacineros, frigoríficos, abastecedores, importadores y exportadores. También están comprendidos los giros de lechería, engorde a corral, establecimientos cuarentenarios, compartimientos ovinos y yeguarizos.
En todos los casos, la declaración deberá reflejar la situación de existencias al 30 de junio de 2025, y su presentación es obligatoria para todo número de DICOSE registrado, independientemente de si se cuenta con animales o no, o si no se han producido movimientos, variaciones de stock, ni se tienen vacunos. Asimismo, se recuerda que deben declararse los animales “ajenos dentro” y “propios fuera” del establecimiento, aspectos sobre los cuales se prestará especial atención en la campaña de este año. El SNIG advierte que podrán emitirse advertencias en caso de inconsistencias detectadas entre las declaraciones.
Otro punto clave a tener en cuenta es la correcta declaración de muertes y nacimientos dentro de la Declaración Jurada. Estos eventos deben estar debidamente registrados en el SNIG. En el caso de las muertes, se exige actualizar los datos del animal correspondiente, y para los nacimientos se deberá completar el Registro Animal mediante el formulario D1, a fin de asegurar la trazabilidad individual que exige el sistema.
Como parte de las acciones de capacitación y difusión, el SNIG anunció una jornada virtual dirigida a productores, prevista para el viernes 27 de junio de 2025.